Lorenzetti explicó el alcance del fallo que dejó firme la condena a Cristina Kirchner

Publicado: 25 / 10 /2026

El juez sostuvo que la Corte rechazó la queja por falta de fundamentación y no revisó el fondo. También distinguió esa decisión del debate sobre la inhabilitación perpetua.

Ricardo Lorenzetti explicó que la Corte Suprema no volvió a juzgar el fondo de la causa Vialidad cuando rechazó la queja de Cristina Fernández de Kirchner y dejó firme su condena. En una entrevista emitida el sábado 24 de octubre, el magistrado sostuvo que la presentación de la defensa no estaba debidamente fundamentada y separó ese examen procesal de la discusión política sobre la inhabilitación de la expresidenta.

Sus declaraciones, difundidas entre la noche del sábado y este domingo, no constituyen una nueva sentencia ni modifican la situación judicial de Kirchner. La condena sigue vigente: seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

La diferencia entre revisar la causa y rechazar una queja

El recorrido judicial tuvo varias instancias. El Tribunal Oral Federal 2 dictó el veredicto el 6 de diciembre de 2022 y publicó sus fundamentos en marzo de 2023. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena. Finalmente, el 10 de junio de 2025, la Corte desestimó la queja de la defensa y la sentencia adquirió firmeza.

Lorenzetti señaló que esa secuencia ya había cumplido con la revisión de la condena por otro tribunal, conocida como doble conforme. La intervención del máximo tribunal se produjo después, a través de una vía recursiva que exige una fundamentación propia. El rechazo de esa presentación dejó vigente lo decidido antes, sin que la Corte realizara un nuevo análisis de todos los hechos del expediente.

La distinción importa porque delimita qué resolvió cada instancia. Que la Corte no haya reexaminado el fondo no significa que haya anulado la pena o aceptado los argumentos de la defensa: la consecuencia de su decisión fue que la condena quedara firme.

La inhabilitación y la controversia política

El juez negó que exista proscripción y recordó que la inhabilitación está contemplada en la legislación penal. A la vez, reconoció la legitimidad de las discusiones políticas alrededor del caso y diferenció esas posiciones del criterio jurídico que debe aplicar un tribunal.

También indicó que la Corte no resolvió en aquella intervención el debate específico sobre la constitucionalidad del carácter perpetuo de la sanción. Evitó anticipar una opinión sobre ese punto. Esa reserva no debe leerse como una habilitación electoral: no anunció una decisión que permita a la expresidenta volver a competir.

Para la representación política, la consecuencia sigue siendo concreta: Kirchner no puede ejercer cargos públicos mientras rija la inhabilitación. La entrevista aporta la explicación de uno de los firmantes sobre el alcance del rechazo, pero cualquier cambio requeriría una resolución judicial, no una declaración radial.