Reforma laboral: suspendieron por tres meses cambios sobre costas y honorarios
Publicado: 15 / 10 /2026Las cautelares de Martín Cormick alcanzan los artículos 10 y 56. La constitucionalidad de las disposiciones sigue pendiente y el resto de la reforma no quedó anulado.
La Justicia federal suspendió de manera provisoria dos artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral que modificaron la responsabilidad por las costas en los juicios de trabajo y las condiciones de cobro de honorarios. Las resoluciones del juez Martín Cormick, conocidas entre el miércoles y este jueves 15 de octubre, regirán durante tres meses o hasta una sentencia definitiva, si llega antes.
Los planteos fueron impulsados por colegios de abogados del interior y por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal. La decisión del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11 alcanza los artículos 10 y 56: no implica la anulación de toda la reforma impulsada por el Gobierno ni resuelve todavía si esas disposiciones son constitucionales.
La diferencia entre reclamar de más y actuar de forma abusiva
El artículo 10 cambió el artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo. Incorporó una pauta objetiva vinculada con la sobreestimación de los créditos reclamados para establecer la llamada pluspetición inexcusable. Su aplicación podía comprometer solidariamente el patrimonio del trabajador y de su abogado por las costas del proceso.
Cormick observó que la redacción genera incertidumbre sobre cómo formular los reclamos y sobre sus consecuencias económicas. El punto no es menor para quien llega a un juicio sin contar con toda la información necesaria para calcular lo que le corresponde: la prueba y la interpretación jurídica pueden modificar el resultado final de una demanda.
El juez sostuvo que determinar una conducta reprochable requiere analizar las circunstancias y la actuación del trabajador y de su representante, en lugar de derivar automáticamente responsabilidad de una diferencia de montos. Durante la cautelar vuelve a aplicarse el texto anterior. Eso no elimina la posibilidad de sancionar una conducta abusiva: deja en suspenso el criterio agregado por la reforma.
La controversia sobre los pagos fraccionados
El artículo 56 modificó el artículo 277 de la ley laboral y habilitó un esquema de pago de condenas en cuotas: hasta seis para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas. Los profesionales cuestionaron especialmente la falta de una distinción clara respecto de sus honorarios, que remuneran el trabajo realizado en el expediente.
En ese aspecto, el magistrado dispuso que el cobro de los honorarios regulados o que se regulen se rija por la Ley 27.423. También ordenó aplicar temporalmente el régimen anterior en materia de pactos de cuota litis, los acuerdos que vinculan la remuneración profesional con el resultado del juicio. La controversia afecta los tiempos de cobro y las garantías de quienes litigan, no sólo una discusión corporativa sobre aranceles.
El Colegio porteño celebró la medida y sostuvo que la amenaza de responder con el patrimonio propio podía desalentar reclamos legítimos. Su posición es la de una entidad que promovió el amparo; el análisis definitivo corresponde a los tribunales.
Para el Gobierno, las cautelares frenan dos herramientas de su reforma laboral. Para trabajadores, empleadores y abogados, abren un período en el que debe atenderse al alcance concreto de las resoluciones. La discusión de fondo sigue abierta: una suspensión por tres meses no equivale a una sentencia firme contra la ley.
